Olga Mater

Perito Psicóloga Único de Oficio

PROFESIONAL AUXILIAR DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION

 

La tarea del Perito, y específicamente del Perito Psicólogo Único de Oficio, implica un quehacer profesional en el cual se pone a disposición del juez para colaborar desde su campo de conocimiento científico, contando con las herramientas teóricas y clínicas que le facilitaran la evaluación y el informe final acerca del peritado.

En primer lugar, el profesional se inscribe en un listado que facilitará ser designado como perito por el juez en un expediente determinado, que se tramita en un juzgado o tribunal, acorde al fuero, determinado.

En segundo lugar, el perito luego de aceptar el cargo, se dispone a realizar su tarea como experto y evalua al o los actor/es involucrados en el expediente.

En el presente “contrato” con la justicia como profesional auxiliar el perito producirá su dictamen mediante el informe pericial y a posteriori responde los pedidos de explicaciones o impugnaciones si los hubiera.

Específicamente los Peritos Psicólogos, evaluamos la incidencia en el psiquismo del peritado de los hechos por los cuales se inicia la demanda.

  • El peritado no es un paciente;
  • El perito no dirige un tratamiento psicológico sino realiza una evaluación psicológica pericial;

Nuestra labor se circunscribe a facilitar las herramientas conceptuales, a partir de la trayectoria clínica, docente y pericial al juez, para que cuente con ello al momento en que este resuelva.

Formulaciones sobre la personalidad de base, la presencia o ausencia del daño psíquico, los porcentuales de incapacidad psíquica sugeridos, etc., implican una lectura de investigación del material recabado en las entrevistas, contemplando: las asociaciones verbales,  gestuales y las técnicas administradas.

Análisis que se realiza no sin contemplar el expediente mismo en el cual se tramita el litigio por el cual se interviene.

En el entrecruzamiento de los discursos en que se desarrolla la tarea del perito, en cuanto este dispone del discurso analítico o psicológico – acorde a la escuela de psicología en la cual se haya formado y cuente con experiencia de la misma – y el discurso juridico o del amo, se abrazan no sin distinciones, un quehacer enriquecedor para ambos que participan del proceso jurídico en sí mismo.

El movimiento psicoanalítico realizo diferentes aportes al discurso juridico, entre otros:

  • Inicialmente los aportes de Esquirol, Kraepelin, psiquiatras precursores del psicoanálisis y la participación de estos en las pericias primeras, como la obra difundida de “Yo, Pierre Riviere, habiendo matado a mi madre, mi hermana y mi hermano”, que posteriormente a la década del 60 se difundiera y filmara, subrayando a partir de la pluma de Michael Foucault la labor del perito en el campo de la salud mental.
  • la lectura freudiana del caso Schreber, que nos invita a leer a la letra como investigadores las Memorias del juez, y que Freud escribe en 1910 como “Puntualizaciones sobre un caso de paranoia (Dementia paranoides) descrito autobiográficamente”;
  • la obra en la que participa Freud junto a W. Bullit “El presidente Thomas Woodrow Wilson. Un estudio psicológico”,
  • las formulaciones freudianas luego de la Primera Guerra Mundial sobre lo postraumático;
  • en 1916 el fundador del psicoanálisis se dedica a investigar sobre la delincuencia y la conciencia de culpa en su artículo “Algunos tipos de carácter dilucidados por el trabajo psicoanalítico”;
  • así también sobre el porvenir del psicoanálisis, su aporte a la criminología, a la justicia, etc.
  • La lectura lacaniana de la obra de Freud en su retorno, así como sus producciones en cuanto a su aporte a la criminología, y ámbitos a fines de la justicia, entre otros.

 

El discurso jurídico le ha facilitado conceptos varios a la obra psicoanalítica en general, para reflexionar sobre la subjetividad y el psiquismo y han nutrido las formulaciones.

Conceptos tales como, el significante Ley, en sus diferentes versiones, a conceptos más cernidos como: culpabilidad, derecho, forclusión, entre

Para concluir, el sujeto es producto del lenguaje por ende, del discurso y se encuentra afectado, por el discurso juridico desde la construcción misma de su subjetividad.

El psiquismo es producto del lenguaje por ende no es ajeno al juridico sino que se determina por esos Otros en los cuales participa (Otro de la cultura, de la familia, de lo social, de la justicia, etc.)

 

 

 

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